El proyecto de ley “ómnibus” enviado hoy al Congreso por el Poder Ejecutivo establece que se podrá tomar un “examen censal obligatorio” a todos los estudiantes de educación secundaria “al finalizar sus estudios”, mientras que en materia de educación superior propone que “las instituciones de gestión estatal y las universidades nacionales podrán establecer aranceles” para extranjeros no residentes, además de la “evaluación periódica” de los docentes.
La iniciativa “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos” sustituye, en la Sección I (artículo 548), el artículo 95 de la ley 26.206 de Educación Nacional y agrega que a la evaluación periódica de los alumnos “al finalizar los estudios de educación secundaria el Estado Nacional tomará un examen censal obligatorio que mida los aprendizajes adquiridos y las capacidades desarrolladas por los adolescentes que egresan” y que “el alumno tendrá derecho a conocer y recibir una certificación del resultado”.
Además, modifica en el artículo 553 el artículo 2 bis de la ley 24.521 de Educación Superior que dice que “los estudios de grado en las instituciones de educación superior de gestión estatal son gratuitos e implican la prohibición de establecer sobre ellos cualquier tipo de gravamen, tasa, impuesto, arancel, o tarifa directos o indirectos”.
En su lugar, establece que “los estudios de grado en las instituciones de educación superior de gestión estatal para todo ciudadano argentino nativo o por opción y para todo extranjero que cuente con residencia permanente en el país, son gratuitos, quedando prohibido establecer sobre ellos cualquier tipo de gravamen, tasa, impuesto, arancel o tarifa, directos o indirectos”.
Y agrega que “las instituciones de educación superior de gestión estatal y las universidades nacionales en ejercicio de su autonomía, podrán establecer aranceles para los servicios de enseñanza de grado o de trayectos educativos para aquellos estudiantes que no reúnan los requisitos previstos en el párrafo primero”.